En lo
que va de año el número de bomberos fallecidos y/o lesionados en la atención de
emergencia pasan de cien en nuestra América y el mundo. Solamente contando los
que tenemos noticia a través de la Hermandad de Bomberos (Portal en la web de
los Bomberos de América). Hay países que no se sabe si han tenido algún
incidente con bomberos lesionados durante sus labores. Por lo que seguramente
las estadísticas de bomberos afectados en la atención de emergencia sería mucho
mayor.
Esta lamentable situación de
ocurrencia de accidentes de trabajo en el ejercicio bomberil llama a
reflexionar en torno a actitud asumida por los entes regulatorios de la
seguridad y salud laboral y por la propia institución de bomberos.
Por lo
general, se asume que es una actividad laboral de “alto riesgo” por lo tanto es
“normal” que haya un alto número de bomberos afectados en la atención de
emergencias. Esta actitud lleva a asumir que eso es así y no se puede hacer
mayor cosa al respecto, es decir, por ser de alto riesgo van a morir siempre
muchos bomberos.
La estadística no falla. Esto más que ayudar permite que poco
se haga en cuanto a ahondar en la determinación precisa de las causas de
ocurrencia de estos accidentes de trabajo y en el establecimiento e implementación
de medidas correctivas y preventivas. Y por otro lado, los propios bomberos
internalizan que es una profesión de alto riesgo, que se puede morir en el
servicio, y por lo tanto no se exige con mayor fuerza el cumplimiento de las
recomendaciones de emitidas en las investigaciones de estos incidentes fatales.
Particularmente pienso que si
ahondamos en estas investigaciones nos daremos cuenta que hay problemas en la
capacitación, en equipamiento tanto de protección personal como de herramientas
de trabajo, en procedimientos de intervención adecuados, en las medidas de
autocuidado, en el manejo del estrés, en la obligatoriedad del cumplimiento de
las medidas preventivas emitidas por los bomberos a las empresas e
instituciones privadas y públicas para evitar los daños por la ocurrencia de
eventos adversos, entre otros factores que de seguro se reflejan en el análisis
de estos accidentes de trabajo.
Ante el dolor de ver como cada mes
hay algún bombero muerto o lesionado en el cumplimiento de su deber, y, en ver
como los entes encargados de implementar las medidas preventivas y correctivas
para que esto no ocurra, no cumplen con su deber, no nos queda más que nosotros
mismos buscarle soluciones a esta situación de “alto riesgo”. Dicen en primeros
auxilios psicológicos que no hay nada mejor que un bombero para atender a otro
bombero. Bajo esta premisa propongo a los bomberos del mundo que iniciemos con llamar
por su nombre a estas lamentables situaciones: “Accidentes de Trabajo”.
Según
el Tesauro de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el trabajo es “el
conjunto de actividades humanas, remuneradas o no, que producen bienes o
servicios en una economía, o que satisfacen las necesidades de una comunidad o
proveen los medios de sustento necesarios para los individuos” (http://www.ilo.org/americas/sala-de-prensa/WCMS_LIM_653_SP/lang--es/index.htm).
Podemos
decir que la actividad bomberil, voluntaria o remunerada, se enmarca dentro de
esta definición, ya que es un conjunto de actividades humanas que produce un
servicio, la atención de emergencias y su finalidad es satisfacer la necesidad
de atención primaria o cuidados ante eventos no deseados. En el caso específico
de lo que definiríamos como “accidente de trabajo bomberil” podríamos
consensuar en cuanto a lo que consideraríamos bajo este epígrafe.
De
acuerdo a las normas legales existentes en cada país ya hay una definición de
lo que es un accidente de trabajo. En Venezuela, la Ley Orgánica de Prevención,
Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo establece como accidente de trabajo, a
“todo suceso que produzca en el trabajador o la trabajadora una lesión
funcional o corporal, permanente o temporal, inmediata o posterior, o la
muerte, resultante de una acción que pueda ser determinada o sobrevenida en el
curso del trabajo, por el hecho o con ocasión del trabajo” (artículo 69). Sin
embargo, la novísima Ley Orgánica del Servicio de Bombero y de los Cuerpos de
Bomberos y Bomberas y Administración de Emergencias de Carácter Civil establece
que debe haber unas normas de seguridad y salud ocupacional específicas para el
ejercicio de la profesión de bombero o bombera y establece que los Cuerpos de
Bomberos no se regirán por la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio
Ambiente de Trabajo.
En la actualidad no existen estas normas técnicas
especifica al ejercicio laboral bomberil, es de suponer que pronto debería
nombrarse una comisión que trabaje al respecto.
Todo esto abre un marco en el cual
los bomberos a nivel nacional e incluso internacional, iniciemos la discusión
acerca de, en primer lugar, definir que es un accidente de trabajo bomberil.
Segundo, analizar los casos de atención de emergencia en los cuales se
produzcan lesiones en el personal de bomberos actuante, a fin de determinar a
fondo las causas de ocurrencia de estos accidentes.
Tercero, establecer las
medidas correctivas y preventivas a fin de evitar que ocurran nuevos hechos de
afectación al bombero durante la atención de las emergencias.
Cuarto,
determinar cuáles serán los mecanismos de implementación de estas medidas
correctivas y preventivas.
Quinto, evaluación constante del cumplimiento de
estas medidas y el reajuste a la luz de nuevas situaciones adversas.
Considero que a través de la
Hermandad de Bomberos podemos iniciar algunas discusiones que nos permitan
establecer una ruta de actividades. Lo que no debemos hacer es quedarnos
mirando como mensualmente nos llegan noticias de bomberos fallecidos o
lesionados durante sus labores y tener que enviar nuestras condolencias a los
familiares y cuerpos de bomberos afectados.