marzo 30, 2015

RIESGOS A LA SALUD, BOMBEROS Y LOPCYMAT



El trabajo de bombero está catalogado como una de las profesiones más peligrosas del mundo y que mayores riesgos a la salud biopsicosocial trae aparejada. Los niveles de penosidad y/o peligrosidad  que sufren los bomberos en el desempeño de sus actividades y el impacto en sus competencias psicofísicas en el transcurso de su vida laboral son bastante altos debido a la diversidad de responsabilidades a cumplir. Desde la extinción de incendios urbanos y forestales, hasta salvamentos y rescates en accidentes de vehículos, ascensores, montañas, áreas confinadas y/o colapsadas, en ríos, mares, lagunas, y otras actuaciones como la atención en emergencias con materiales peligrosos, el talado de árboles, rescate de animales, control masivo de abejas e insectos, acciones de prevención, divulgativas, etc.

Vicente Abad (2005), realiza una completa descripción de la variedad de tareas realizadas por el bombero y los diferentes y numerosos procesos peligrosos a los que está expuesto y que inciden en su salud. Desde caídas al mismo y distinto nivel, a caídas de objetos, exposiciones por contacto eléctrico, a temperaturas extremas, ambientes contaminados con gases tóxicos, irritantes, explosivos, como agentes biológicos patógenos, personas alteradas y/o violentas, sobreesfuerzos, manipulación de objetos pesados, y aspectos psicosociales, entre otros.
 
Como vemos las posibilidades de afectación al bombero en la realización de su trabajo son amplias por lo que pueden surgir patologías a nivel somático, psicológico, laboral, social y familiar. Según Valero (1996), algunos de los problemas que se han observado en los bomberos, son: un alto índice de alcoholismo, deudas, peleas callejeras, violencia familiar, problemas disciplinarios, accidentes laborales, afecciones diversas, etc.; según los datos antes señalados, estas situaciones generan conflictos laborales, familiares, psicológicos, conductuales, diversas enfermedades psicosomáticas y laborales al funcionario y a su familia, deterioro de la calidad de vida del efectivo bomberil, de su familia y de todo su entorno social y laboral.

Según el Departamento de Higiene y Seguridad Industrial del Cuerpo de Bomberos de Caracas (2001), ente administrativo que maneja los casos de accidentes, lesiones y enfermedades ocupacionales dentro de la institución, informó que en el año 2000 se reportaron 60 accidentes laborales, de los cuales, el 50%, se produjeron en la atención de servicios. Del total de accidentes reportados, 51 de ellos fueron en las gerencias de Operaciones y Medicina de Emergencia Prehospitalaria.

En el año 2001, se reportaron 115 accidentes laborales, de los cuales 82 se produjeron en las gerencias de Operaciones y Medicina de Emergencia Prehospitalaria. La actividad con  mayor  frecuencia  de accidentes reportados fue la atención de emergencia. De un total de 87 actividades con accidentes, realizadas por los bomberos, 43 fueron de atención de emergencias. Del total de los accidentes, 51 se produjeron por procedimientos inseguros y por actos inseguros, algunos de estos se produjeron por: 4 por no usar equipo de protección personal, 15 por no proteger y/o prevenir, 12 por no prestar atención al caminar, 42 sin clasificar. Las edades con mayor frecuencia de accidentes, para este año, están comprendidas entre los 24 y 29 años. Del total de accidentes 68 se produjeron en bomberos con jerarquías comprendidas entre bombero raso y cabo primero. (Bomberos de Caracas, 2001)

Por otra parte, la Oficina de Bienestar Social, reportó que durante el año 2001, atendió un aproximado de 164 casos por diversos problemas familiares que van desde el abandono del hogar, incumplimiento de funciones paternas hasta divorcios. (Bomberos de Caracas, 2001)

Según datos manejados por la Oficina de Asuntos Internos de los Bomberos de Caracas (2001), durante los años 2000 y 2001, se abrieron 140 expedientes a funcionarios bomberiles; de ese total, 15 fueron por ausencias al servicio, 4 abandonos al servicio, 8 por consumo de licor dentro de la institución o en servicio, 1 caso por intento de incendiar una vivienda, 2 por irrespeto a superior jerárquico, 6 casos de lesiones a tercero, 2 por problemas entre bomberos (riñas), 1 por daños a terceros (inmueble), 6 casos de drogas, 2 por lesiones a pareja y un caso por lesiones a superior jerárquico.

Como vemos los daños a la salud debido al ejercicio bomberil son considerables por lo que, más allá de los datos estadísticos, deben implementarse medidas tanto de identificación de procesos peligrosos como de estudios epidemiológicos, y disposiciones preventivas y protectoras de la salud del bombero.   

La Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (2005), establece los lineamientos legales que “…permitan garantizar a los trabajadores y trabajadoras, condiciones de seguridad, salud y bienestar en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el ejercicio pleno de sus facultades físicas y mentales, mediante la promoción del trabajo seguro y saludable, la prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales, la reparación integral del daño sufrido y la promoción e incentivo al desarrollo de programas para la recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social” (Artículo 1, numeral 1), abarcando en esta ley a todos los trabajadores públicos y privados que laboren dentro del territorio nacional, quedando exceptuados del ámbito de aplicación de esta Ley, los miembros de la Fuerza Armada Nacional, y siendo estos lineamientos de estricto orden público, irrenunciables, indisponibles e intransigibles, por lo cual quedan dentro del cumplimiento de esta ley los cuerpos de bomberos de Venezuela. 

Sin embargo, existe un rechazo institucional al cumplimiento de la norma legal alegando que por ser órganos de seguridad del estado, se está exento de cumplir con lo establecido en la LOPCYMAT, y, por otro lado, que las características de la labor bomberil impiden adaptarse a las exigencias de la ley por resultar imposible garantizar la protección a la salud y a la vida de los bomberos contra todas las condiciones peligrosas en el trabajo bomberil y por las diferentes formas, condiciones y esquemas de organización que puede tomar el ejercicio laboral no controlado en la atención de las emergencias. 

Esto obstaculiza el que se lleven estudios de los procesos peligros a los que están expuestos los bomberos, de manera de ir estableciendo criterios que permitan organizar e implementar acciones de promoción, prevención, educación, identificación y análisis de los procesos peligrosos en los ambientes y condiciones de trabajo, que permitan a los bomberos desempeñar sus actividades sin perjudicar su salud física, mental y social.

Consideramos saludable que la institución se abra a las exigencias de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo y promueva actividades investigativas, de análisis de los diferentes procesos peligrosos que surgen en la atención de emergencia, con la participación de todo el personal y como un instrumento de dominio colectivo que responda a la realidad social, laboral, política y económica venezolana; donde el papel activo y protagónico debe ser de todos los bomberos, construyendo e integrando conocimientos, a fin de lograr la unidad de criterios y la consecución de los objetivos de garantizar condiciones de salud, higiene, seguridad y bienestar en el trabajo, así como programas de recreación, utilización del tiempo libre, descanso, rompiendo de esta manera con esquemas o paradigmas de trabajo foráneos. 

NOTA: existe, al momento de publicar este artículo, un ateproyecto de Ley Orgánica  del Servicio de Bombero y de los Cuerpos de Bomberos y Bomberas y Administración de Emergencias de Carácter Civil, que contempla la regulación de los aspectos de seguridad y salud ocupacional del bombero. 

El articulado en mención (art. 45) expersa: "Los Cuerpos de Bomberos y Bomberas se regirán por las normas de seguridad y salud ocupacional, previstas para el ejercicio de la profesión de Bombero", y, por otro lado señala: que "Las normas dictadas por el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de normalización, calidad, metrología y reglamentos técnicos en especialidades bomberiles, calificación profesional u otras relacionadas con el Servicio de Bombero, serán de obligatorio cumplimiento por los Cuerpos de Bomberos y Bomberas a nivel nacional". 

Esto implica, por una parte, que  no esta determinado que Ministerio regulará lo relativo a este tema; sin embargo, se puede suponer que estará reglamentado por el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, a través del Viceministerio con competencia en materia de prevención y seguridad ciudadana, y la Dirección General de Coordinación Nacional de Bomberos y Bomberas. Consideramos que esto puede ser positivo en el sentido de la especificidad del profesión bomberil y que los que mas conocen la materia en este sentido son los propios bomberos. 

Por otro lado, puede ser negativo al ser la institución juez y parte en casos en el que haya algun bombero que quiera realizar alguna denuncia legal por haber sufrido algún accidente u enfermedad laboral. Dependiendo de la magnitud de las lesiones y/o daños y las implicaciones punibles que se deriven de las investigaciones puede ser objeto de "invisibilamiento" del caso. Consideramos sano que esta potestad quede bajo la tutela del INPSASEL

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Bomberos de Caracas. (2001). Listado por tipo de nómina: uniformado. Caracas. Departamento de Seguro Social.

Bomberos de Caracas. (2001). Estadística de Accidentes Laborales. Caracas. Departamento de Higiene y Seguridad Industrial.

Bomberos de Caracas. (2001). Estadística de Personal Destituido año 2000-1999. Departamento de Nóminas.

Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (2005). Gaceta Oficial N° 38.236 del 26 de julio del 2005. Venezuela.

Vicente Abad (2005), Análisis Biográfico de la Profesión Bombero. Servicios de Estudios e Investigación del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene del Trabajo de España. Recuperado el 30 de marzo del 2003 de la World Wide Web:  http://www.google.co.ve/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=3&cad=rja&uact=8&ved=0CCgQFjAC&url=http%3A%2F%2Fwww.melillaprevencionrl.com%2Fprotocolos%3Fdownload%3D121%3Aprofesion-bomberos&ei=FGMZVcr5OsqANojlgugL&usg=AFQjCNGGX2Oz5dmFT8W5KXS80O91ZGiNxQ

Valero, S. (1996). Manual Para el Cuidado de la Salud Mental de los Equipos  de Primera  Respuesta. Recuperado el  19  de  enero  del  2002 de la World Wide Web: http://WWW.angelfire.com/dc/cmm20/primera.htm.